TRÁMITES DE REGULARIZACIÓN EN IRPF Y DE CONDONACIÓN RELACIONADOS CON PENSIONES PERCIBIDAS DEL EXTRANJERO POR PERSONAS RESIDENTES EN TERRITORIO ESPAÑOL.
Se contemplan dos medidas especiales para proceder a la regularización en IRPF de pensiones percibidas procedentes del extranjero, según la Disposición adicional única de la Ley 26/2014, de 27 de noviembre:
- Periodo extraordinario de regularización, si se regulariza voluntariamente su situación (desde el 1 de enero al 30 de junio de 2015) presentando las declaraciones de IRPF de ejercicios no prescritos, no se sancionará, la AEAT no exigirá intereses ni recargos.
- Condonación de la sanción, intereses y recargos exigidos por el concepto anteriormente descrito, el interesado debe solicitarla entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2015.
Si te encuentras en esta situación, tienes dos pensiones y una de ellas la percibes del extranjero, ten en cuenta la obligatoriedad de su declaración ante la AEAT.
Si deseas más información relacionada con los trámites del IRPF previos a su presentación, puedes contactar con nosotros en el mail info@jcybconsultores.es y solicitar presupuesto para ayudarte a preparar y entregar tu Renta ante la AEAT.
Fuente: Disposición adicional única (Regularización de deudas tributarias correspondientes a pensiones procedentes del extranjero y condonación de las sanciones, recargos e intereses liquidados por este concepto) de la Ley 26/2014, de 27 de noviembre, por la que se modifican la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 de marzo, y otras normas tributarias. (BOE, 28-noviembre-2014)